Opinion
Mi ventana óptica Las ejecuciones extrajudiciales
El presidente Abinader sigue violándolo todo, incluyendo la Constitución, que en su artículo 37, establece la inviolabilidad de la vida, donde no puede establecerse, pronunciarse, ni aplicarse la pena de muerte; y aunque el Tribunal Constitucional ha reafirmado, además, que el país está vinculado internacionalmente al respeto a la vida.
Siete “delincuentes” fueron ejecutados por la policía en menos de 24 horas recientemente, y quienes conocen cómo funciona el poder aquí, sabe que esas órdenes no emanan de los organismos policiales, sino del presidente que, ante la incapacidad de controlar la delincuencia, escoge salir de quienes delinquen dando la orden de “mátenlo”.
Organizaciones barriales también denunciaron supuestos intercambios de disparos donde 172 jóvenes cayeron a mano de la policía, pero otra información dice que en seis días del mes de septiembre la policía mató a 17 supuestos delincuentes con edades entre 19 a 29 años. La delincuencia es un mal social que afecta el desenvolvimiento cotidiano de la ciudadanía, pero jamás este método ha detenido dicho flagelo; cuando debería atacarse las causas que lo provocan, como, por ejemplo, establecer la obligatoriedad de los adolescentes a estar en las escuelas u organismos técnicos aprendiendo de algún oficio, para que no tengan la vagancia como excusas para delinquir.
La policía no puede con el gatillo sustituir el juicio de un tribunal por la ejecución de la persona, simplemente por ser considerada delincuente. Tampoco puede convertirse en juez y verdugo, porque una persona acusada de homicidio, robo, narcotráfico o cualquier otro delito conserva el derecho al debido proceso. La función policial es detener, investigar y poner al sospechoso a disposición de la justicia, no matarlo, a menos que el agente vea su vida comprometida.
Y quienes ordenan a esos uniformados a tomar las leyes en sus manos, deben recordar que La República Dominicana es signataria del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y de otros instrumentos internacionales de derechos humanos, quienes ya han expresado su preocupación por las ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas e impunidad en el país, pidiendo investigaciones efectivas de cada caso.
Un delincuente puede matar ilegalmente; pero el Estado no debe responder de la misma forma, ignorando el Estado de Derechos. Quienes prefieren ordenar deliberadamente matar, en lugar de garantizar un proceso judicial que saque al antisocial de las calles, deben saber que asumen responsabilidades que pudieran ponerlos ante organismos internacionales y el país resultar condenado.
Esas muertes encierran muchas dudas, pues a veces, se trata de silenciar a quienes pudieran denunciar a sus cómplices de fechorías. Y si bien debemos reconocer el problema de la criminalidad, esto debe ser enfrentado y corregido por los tribunales. La debilidad judicial es responsable de la criminalidad y raterías en las calles del país, donde los delincuentes acumulan decenas de sometimientos a la justicia, por delitos que van desde violaciones, homicidios, atracos, robos y quienes matan por encargo.
El gobierno escoge la vía menos institucional, ignorando la Ley 590-16 sobre la misión constitucional de la Policía, de salvaguardar la seguridad ciudadana, prevenir y controlar delitos, perseguir e investigar infracciones y el nuevo Código Penal establece reglas de autoría que alcanzan a quien comete directamente el hecho, a quien induce a otro a cometerlo y a quienes colaboran en su ejecución, el Estado está fuera de control y se impone convocar a un diálogo nacional por la paz social, porque las ejecuciones extrajudiciales nunca serán la solución.
Por Alejandro Almánzar
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