Nacionales
Proyecto de ley busca se necesite un permiso especial para vender bebidas alcohólicas

Santo Domingo. – La senadora de San Pedro de Macorís, Aracelis Villanueva Figueroa, depositó el pasado martes 18 de marzo ante el Congreso Nacional un proyecto de ley para regular el expendio de bebidas alcohólicas en República Dominicana.
De acuerdo al documento, la pieza legislativa tiene el propósito de regular el expendio de bebidas alcohólicas en el país, estableciendo horarios para su venta y consumo; así como el procedimiento y los requisitos que deben cumplir los establecimientos para ser autorizados.
El artículo tres de la propuesta establece que, la ley será aplicable en todos los establecimientos que expendan bebidas alcohólicas en el territorio nacional, incluyendo colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversión, entre otros.
De ser convertido en Ley, los negocios que deseen comercializar bebidas alcohólicas deberá recibir un permiso especial por parte del Ministerio de Interior y Policía, además, deberán cumplir una serie de requisitos, los cuales no son detallados en el documento.
“Todo establecimiento que tenga como actividad comercial principal o accesoria el expendio de bebidas alcohólicas deberá obtener una autorización dcl Ministerio de Interior y policía, el cual exigirá conforme al reglamento quien dictará a tales fines, requisitos comunes y diferenciados de acuerdo al tipo de establecimiento y el lugar donde se encuentren”, establece la pieza.
Horario
En su artículo cuatro, el proyecto de ley plantea que en los colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversión se prohíba el expendio de bebidas alcohólicas a partir de las doce 12:00 de la noche, durante los días de domingos a jueves; y a partir de las 3:00 de la madrugada los días sábado y domingo.
“La presente disposición aplicará para todos aquellos establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas que no cuenten con permiso especial emitido por el Ministerio de Interior y Policía”, agrega el documento.
Mientras que, para los negocios ubicados en polos turísticos, la prohibición para el expendio de bebidas alcohólicas será a partir de la una 1:00 de la mañana, de lunes a viernes y a partir de las 3:00 de la madrugada los días sábado y domingo.
Excepciones
En cuanto a las excepciones a la restricción horaria, aplicará para los centros de diversión que pertenezcan o se encuentren dentro de hoteles o establecimientos de hospedaje a largo plazo.
Sanciones
La propuesta de la legisladora, contempla varias sanciones para los comercios que incumplan las disposiciones establecidas por la ley, las cuales aplicadas por el Ministerio de Interior y Policía.
Multas de hasta 50 salarios mínimos. Suspensión temporal de la autorización o permiso especial de expendio de bebidas alcohólicas, y cancelación definitiva de la autorización o permiso especial, en caso de reincidencia.
De ser promulgada la ley se otorgará un plazo de 180 días, a partir de la emisión del reglamento correspondiente, a todos los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas para obtener la autorización por ante el Ministerio de Interior y Policía.
Asimismo, serán derogadas todas las disposiciones legales y reglamentarias que le sean contrarias a esa ley.

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