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Investigan traslado involuntario de empresario a centro psiquiátrico en medio de disputa matrimonial

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Santo Domingo. – El traslado del ingeniero y empresario Juan Francisco López Chapor a un centro psiquiátrico contra su voluntad es objeto de una investigación penal, en medio de un divorcio, una disputa por bienes millonarios y versiones enfrentadas sobre la participación de una médica.

El Ministerio Público sostiene que su entonces esposa, Nancy Estervina de Jesús, coordinó el traslado desde su lugar de trabajo. Según los investigadores, ella declaró que actuó por indicación de la psiquiatra Ylsa Emperatriz Quero Cabrera.

La defensa de la especialista niega que esta ordenara el traslado o el internamiento y asegura que llegó al centro varias horas después de que López Chapor fuera llevado allí.

Versiones sobre el traslado

Según el Ministerio Público, tres personas desconocidas, una de ellas vestida como personal de enfermería, sacaron al empresario de su empresa. La Fiscalía afirma que lo sometieron, esposaron y le aplicaron una inyección antes de trasladarlo contra su voluntad.

Héctor Quiñones, abogado de López Chapor, sostuvo que un video muestra parte del episodio y que su cliente se encontraba trabajando con normalidad.

Afirmó que evaluaciones posteriores del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), del Colegio Médico Dominicano (CMD) y de especialistas descartaron una condición psiquiátrica que justificara mantenerlo ingresado.

Quiñones atribuye lo sucedido a una actuación coordinada entre la esposa y la médica, bajo un supuesto diagnóstico relacionado con el consumo de contenido sexual explícito.

Jean Cristopher Pérez, abogado de Quero Cabrera, ofreció otra versión. Según explicó, familiares llevaron al empresario al centro alrededor de las 2:00 de la tarde y el personal contactó a la psiquiatra porque los parientes la identificaron como la especialista de la familia.

Aseguró que la médica llegó aproximadamente a las 7:00 de la noche, después de atender otros compromisos.

Discrepancias sobre la observación y la salida

Pérez sostuvo que Quero Cabrera conversó con López Chapor y recomendó dejarlo en observación durante 24 horas para que descansara, debido a que lo encontró alterado.

Según el abogado, familiares y policías lo retiraron unas 16 horas después de su llegada, antes de que concluyera el período recomendado.

Quiñones, en cambio, afirmó que los hermanos del empresario desconocían su ubicación porque su esposa se negaba a informarla.

Sostuvo que la Fiscalía localizó a López Chapor y acudió con la Policía para retirarlo, pero que la psiquiatra se opuso y llamó a la esposa y a uno de sus hijos, quienes también rechazaron su salida.

La nota médica divide a las partes

Pérez indicó que la nota de ingreso describía al empresario como “un poco alterado, pero cooperador” y que la especialista dispuso observación, no un internamiento prolongado. También negó que prescribiera medicamentos.

Quiñones sostuvo que la nota firmada por la médica incluía el supuesto diagnóstico mencionado y aseguró que a su cliente le administraron fármacos.

La defensa de la psiquiatra rechazó que esta los indicara y afirmó que esa información no aparece en el expediente que conoce.

Los representantes legales también discrepan sobre los antecedentes de atención. Quiñones dijo que López Chapor había consultado a la especialista dos veces, cerca de un año antes, por dificultades de pareja, ansiedad y problemas para dormir.

Pérez aseguró que existía un historial más amplio y una referencia de una psicóloga, aunque no ofreció detalles sobre diagnósticos por razones de secreto profesional.

Divorcio y patrimonio

Quiñones situó el traslado en medio de un proceso de divorcio y partición de bienes. Según explicó, los activos e inmuebles de la pareja superan los RD$60 millones e incluyen una empresa compartida.

También afirmó que la esposa visitó su oficina dos días antes del episodio para conversar sobre una distribución del patrimonio en partes iguales.

Medidas de coerción

El Ministerio Público solicitó prisión preventiva contra Quero Cabrera por su presunta complicidad en un caso de violencia intrafamiliar. En la solicitud citó disposiciones del Código Penal sobre complicidad, violencia intrafamiliar y tortura o barbarie, modificadas por la Ley 24-97.

El 18 de octubre, un juez impuso a la psiquiatra presentación periódica y una garantía económica de RD$50,000.

Quiñones considera que la investigación debe examinar también las disposiciones de la Ley 12-06 sobre Salud Mental y sostiene que esa calificación podría incorporarse posteriormente.

Pérez cuestionó la imputación contra su defendida y reiteró que no organizó el traslado. La calificación definitiva que presentará el Ministerio Público todavía no está establecida.

Condiciones para una admisión involuntaria

Según las disposiciones legales descritas en el expediente citado, la hospitalización involuntaria debe considerarse cuando no sean posibles alternativas ambulatorias y se cumplan los requisitos clínicos y legales correspondientes.

Entre los supuestos figuran una alteración mental que implique un riesgo grave e inmediato o inminente para la persona o terceros, certificado por escrito por un médico calificado.

También se contemplan circunstancias relacionadas con un trastorno grave y una afectación de la capacidad de juicio, sujetas a requisitos adicionales, incluida la conformidad de un segundo profesional independiente.

La solicitud de la familia, por sí sola, no sustituye esos requisitos. La admisión debe mantenerse durante el menor tiempo posible y cumplir los procedimientos de evaluación, notificación y revisión establecidos.

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