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Opinion

Del Escritorio: UN CHISTE DE MAL GUSTO.

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Hace unos días vimos el titular de un periódico que decía: “Pasajeros de motocicletas incumplen obligación del casco”; pareciera como si esto fuera un deber en primer término de parte del ciudadano que está tomando como transporte un medio que el Estado ha permitido que transiten sin cascos la mayoría y que no les obliga a que posean otro adicional para quienes transportan.

Porque si bien es cierto que la normativa legal, la ley 63-17, en su artículo 251, expresa, lo siguiente: “Se prohíbe a los ciclistas, los conductores de motocicletas y sus pasajeros transitar sin estar provistos de cascos protectores homologados, chalecos reflectantes en el caso de las motocicletas…”  No menos cierto es, que los pasajeros no andarán con un casco al hombro cada vez que vayan a utilizar un servicio, sino, que se supone que si aquella persona o empresa que se dedica al negocio de transportar personas, tenga la obligación de tener un caso adicional para cuando vaya a ofrecer el transporte.

Hace un tiempo, el propio, Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), había emitido en el mes de octubre del 2025, la Normativa 001-2025, en la cual exigía a los motociclistas el uso de cascos, tanto para el conductor como para el pasajero, y otorgaba un plazo de 180 días para su entrada en vigencia.  Sin embargo, cuando comenzaron las amenazas por dicha medida que se supone entraba en vigencia el 30 de abril y a inicios de mayo de este año, se iba ser efectiva, de buenas a primeras, el director de esa institución se despachaba con indicar que no había dicho lo que dijo y que eso no iba. Quedando todo como en una especie de mal chiste y de mantener el desorden y la falta de cumplimiento del propio Estado que sigue permitiendo que se anden en las calles sin la debida seguridad, principalmente, para los usuarios del servicio de transporte.

Entonces, al leer esta noticia de una diario nacional, nos causó risa y pensamos, otro chiste de mal gusto, que pone la obligación de la seguridad de todo pasajero, en manos de ellos mismos, cuando la primera exigencia debe hacérsele a quien está lucrándose de ese negocio, que es quien conduce o la empresa para la cual laboran.

En el cuerpo de la noticia, se indica, entre otras cosas, lo siguiente: El director del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), Milton Morrison, recordó que la exigencia no es nueva y forma parte de la Ley 63-17 desde su promulgación hace nueve años”.

Y continúa expresando la misma información, en el sentido siguiente: “Aquí no tenemos una cultura de que el pasajero utilice el casco. La ley es clara y establece que tanto el conductor como el pasajero deben llevarlo", afirmó recientemente el funcionario durante el VIII Encuentro Iberoamericano de Datos y Seguridad Vial”.

Esto claro lo expresó el director del Intrant, ante un Cónclave, ya parecería que se olvidó que él mismo dejó sin efecto, una Normativa como la señalada, que obligaba que se hiciera cumplir la ley, y desistió de la misma, por motivos más políticos que legales. Y eso ha sido el tema de todo en este país, que aplicar la ley y lo que la misma dice, no todo el que tiene el papel para hacerla cumplir, tiene el compromiso con la responsabilidad y prefiere asumir el populismo.

Mientras tanto, seguiremos viendo situaciones en  las calles donde pasajeros y conductores de motores, estarán al amparo de Dios, y no de un Estado que está en la obligación de protegerse a sí mismo como entidad y a sus conciudadanos. Esto no es más, que un chiste más de mal gusto en el ámbito del tránsito.

Por: José Jordi Veras Rodríguez.

Correo: jordiveras@yahoo.com;

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