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El Cibao

Tribunal ordena paralizar exploración minera en proyecto Cobre El Hoyazo II en la Cordillera Septentrional

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Puerto Plata. – La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de este distrito judicial ha ordenado la paralización inmediata de todas las actividades de exploración minera relacionadas con el proyecto Cobre El Hoyazo II, situado en la Cordillera Septentrional.

Esta decisión se encuentra reflejada en la Sentencia Civil Núm. 0514-2026-SSEN-00026, donde el tribunal acogió en su totalidad la acción de amparo presentada por el abogado Winston Vásquez Valera contra la empresa Vertrixi Holding SRL, el Ministerio de Energía y Minas y el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Según explicó Vásquez Valera, durante el proceso se aportaron documentos y testimonios que respaldaron la acción judicial, incluyendo informes del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Detalles de la sentencia

“La sentencia 0514-2026-SSEN-00026 paraliza en todas sus partes la operación de la empresa Vertrixi Holding SRL y el proyecto de exploración en dicha cordillera. Se presentaron documentos, testimonios y, sobre todo, la posición del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que estableció que dicha empresa no cuenta con los permisos, licencias ni estudios necesarios”, afirmó.

Impacto en la exploración minera

La magistrada que llevó el caso aceptó la solicitud tanto en forma como en fondo, suspendiendo de manera indefinida las actividades de exploración de oro, plata, cobre y otros metales básicos en la región.

Estas labores habían sido autorizadas anteriormente mediante la Resolución Núm. R-MEM-CM-013-2024, emitida el 5 de julio de 2024 por el Ministerio de Energía y Minas.

Reacciones de la Comunidad

El sacerdote Nino Ramos, quien es parte de los grupos ambientalistas que se oponen a la exploración minera en la Cordillera Septentrional, valoró positivamente la decisión judicial.

“Agradecemos la decisión de la magistrada por emitir una sentencia tan ponderada y estudiada. Son 31 páginas que concluyen dando la razón al accionante. En nombre del Movimiento Unidos Somos Más, damos gracias a Dios por este resultado”, expresó.

Protección de ecosistemas locales

Esta medida protege directamente los ecosistemas en los municipios de Altamira, Puerto Plata y Santiago, así como en los distritos municipales de Pedro García, Río Grande, San Francisco de Jacagua y Yásica Arriba, entre otras comunidades de la zona.

Sanciones por incumplimiento

Para asegurar el cumplimiento de la sentencia, el tribunal ordenó al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al Ministerio de Energía y Minas supervisar el estricto cumplimiento de la disposición.

Además, se impuso un astreinte de RD$500,000 por cada día de retraso en la ejecución de la sentencia, monto que deberá ser abonado por las partes demandadas y que beneficiará al accionante Winston Vásquez Valera.

La decisión establece que la notificación formal y el inicio del cómputo de los plazos legales correspondientes quedaron fijados mediante comunicación emitida el 4 de junio de 2026.

Vigilancia de grupos ambientalistas

Tras conocerse el fallo, Nino Ramos indicó que los grupos ambientalistas permanecerán atentos ante una posible apelación de la decisión y adelantó que continuarán observando otras actividades de exploración minera en la Cordillera Septentrional.

“A partir de ahora, tendremos que enfocarnos en ver si apelan la sentencia e ir entonces contra otras empresas mineras que también están operando en la cordillera”, manifestó.

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