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Nacionales

Gobierno prohíbe compras de vehículos, viajes y fiestas para reducir el gasto público

El presidente de la República Dominicana, Luis Abinader, promulgó el Decreto 105-25, cuyo objetivo principal es optimizar el uso de los recursos públicos en todas las instituciones dependientes del Poder Ejecutivo durante el año 2025.

Este decreto, firmado el 28 de febrero de 2025, no aplica a los demás poderes del Estado ni a los órganos de rango constitucional, en cumplimiento del principio de separación de poderes.

La implementación y supervisión de estas medidas estarán a cargo del Ministerio Administrativo de la Presidencia, en coordinación con otras entidades gubernamentales clave.

Entre las disposiciones más relevantes del decreto se incluyen la prohibición de compra de vehículos de motor, salvo casos excepcionales con autorización previa, así como restricciones en el uso de vehículos oficiales los fines de semana y días feriados.

Además, se limitan los viajes al exterior de funcionarios públicos, permitiendo un máximo de dos representantes por institución en eventos oficiales.

El decreto también ordena la reducción de gastos innecesarios, como publicaciones promocionales, fiestas, donaciones y remodelaciones no prioritarias, con el objetivo de garantizar un manejo eficiente y transparente de los fondos públicos.

Esta acción refuerza el compromiso del Gobierno de promover una administración pública eficiente y racional, en beneficio de la ciudadanía, especialmente de los sectores más vulnerables.

Principales prohibiciones contenidas en el Decreto 105-25

Compra de vehículos de motor

  • Prohibida la compra de vehículos de motor, salvo excepciones con autorización escrita del Ministerio Administrativo de la Presidencia y cumplimiento de las normas aplicables.

Exoneraciones

  • Las exoneraciones y exenciones de vehículos deberán autorizarse conforme a la ley.
  • Se denegará cualquier solicitud sin base legal.

Uso de vehículos oficiales

  • Prohibido su uso los sábados, domingos y días feriados, salvo autorización específica para labores institucionales esenciales.
  • Excepciones: Servidores públicos vinculados a seguridad nacional, salud y prestación de servicios esenciales.

Viajes oficiales al exterior

  • Prohibida la compra de boletos en primera clase.
  • No se permitirán salidas sin permiso correspondiente.
  • Se regirán por lo establecido en el Decreto 407-23.
  • Los funcionarios deberán liquidar sus viáticos, devolviendo los excedentes a la Cuenta Única del Tesoro.
  • Máximo de dos representantes por institución, salvo eventos de relevancia nacional.
  • Pago de pasajes máximo 30 días después de la emisión del boleto aéreo.

Publicaciones promocionales

  • Prohibida la compra de efectos promocionales, boletines informativos o rendiciones de cuentas, salvo por mandato legal.
  • Las publicaciones deberán limitarse a la cantidad estrictamente necesaria y evitar materiales suntuosos.

Gastos en actividades sociales y donaciones

  • Prohibidos los gastos en fiestas, agasajos, recepciones y celebraciones, salvo excepciones aprobadas por la Presidencia o ministerios clave.
  • Prohibidos obsequios generales, como tarjetas o canastas navideñas, salvo para personas de escasos recursos a través de planes asistenciales.

Arrendamiento de instalaciones privadas

  • Prohibido, salvo para actividades formativas, como entrenamientos o capacitaciones.

Remodelaciones y adecuaciones de espacios físicos

  • Prohibidas si exceden el límite establecido para compras menores según la resolución vigente.

Uso de flanqueadores motorizados

Solo podrán disponer de flanqueadores los siguientes funcionarios:

  • Presidente de la República.
  • Vicepresidenta.
  • Ministro de Defensa.
  • Comandantes generales de las Fuerzas Armadas.
  • Ministra de Interior y Policía.
  • Director General de la Policía Nacional.
  • Procuradora General de la República.
  • Presidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas.
  • Director Nacional de Inteligencia.

El Ministro Administrativo de la Presidencia podrá aprobar excepciones mediante circular.

Reducción en la asignación de policías y militares

  • Se ordena a los ministros de Defensa y de Interior y Policía revisar y reducir el personal militar y policial asignado a instituciones públicas y funcionarios, priorizando la protección de la ciudadanía.
  • El personal asignado es intransferible.

Nacionales

Estudio revela alarmante situación nutricional de mujeres y niños en comunidades rurales de Monte Plata

Santo Domingo, Rep. Dom. – Una evaluación reciente del programa de nutrición materno-infantil implementado por la ONG norteamericana Batey Relief Alliance (BRA) en comunidades rurales de Monte Plata reveló datos preocupantes sobre la salud nutricional de niños menores de 10 años y mujeres en edad reproductiva.

El estudio, realizado en julio de 2024 en colaboración con la Escuela de Salud Pública de la Universidad de Minnesota, se centró en las comunidades de Guazumita, Hoyo de Pun y Triple Ozama. Bajo el título “Mejorando los Resultados de Nutrición en las Comunidades Rurales de Monte Plata, República Dominicana”, el diagnóstico incluyó entrevistas estructuradas y mediciones antropométricas en 53 hogares, abarcando 74 niños y 55 mujeres embarazadas.

Alimentación deficiente y acceso limitado

Entre los principales hallazgos, se identificó un alto consumo de alimentos procesados y ultra procesados entre los niños, así como una tendencia a añadir azúcar y sal a los alimentos ya preparados (más del 60% de los casos). El 77% de los hogares no cuenta con acceso continuo a alimentos, lo que influye directamente en la calidad de la dieta.

Además, el 14% de los niños evaluados presenta sobrepeso u obesidad, afectando principalmente a las niñas (18%), mientras que el 33% consume bebidas azucaradas con frecuencia y solo el 11% incluye lácteos en su dieta diaria.

Condición de las mujeres

El 65% de las mujeres en edad fértil mostró signos de sobrepeso u obesidad, cifra que alcanza un alarmante 82% en el grupo de 30 a 39 años. En cuanto a las embarazadas, un 23% presentó bajo peso y un 13% admitió haber consumido alcohol durante la gestación, un factor de riesgo para el desarrollo fetal.

El informe también indica que el 30% de los niños sufrió de parasitosis en los últimos seis meses, y apenas el 26% de los menores de 6 a 59 meses recibió suplementos de vitamina A.

Lactancia y programas de apoyo

Si bien el 97% de las madres amamantó a sus hijos al menos una vez, el 59% de los recién nacidos recibió fórmula infantil en hospitales, y la duración promedio de la lactancia fue de 12 meses. El 76% de los hogares conoce el Programa de Micronutrientes de BRA, aunque solo el 51% ha sido beneficiado directamente.

A pesar de las cifras preocupantes, el 98% de los hogares entrevistados ha recibido apoyo del Programa de Seguridad Alimentaria de BRA, destacándose la importancia de las capacitaciones y el acompañamiento permanente en salud y nutrición.

Aportes y trayectoria de BRA

Fundada en 1997 por el abogado y filántropo Dr. Ulrick Gaillard, BRA ha impactado la vida de más de 4.5 millones de personas en situación de vulnerabilidad en América y el Caribe. En la República Dominicana, su intervención ha beneficiado a más de 1.2 millones de personas mediante la distribución de alimentos, vitaminas, antiparasitarios, agua potable y programas de educación en salud.

Además, BRA lideró en 2021 un estudio sobre inequidad menstrual en adolescentes rurales y construyó en 2006 el Centro Médico BRA en Batey Cinco Casas, entregado en 2017 al Ministerio de Salud Pública para continuar con la prestación de servicios sanitarios gratuitos.

La organización, que cuenta con el Estatus Consultivo Especial ante el ECOSOC de la ONU y es socia de la Iniciativa Global Clinton, reafirma su compromiso con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, particularmente en los ámbitos de salud, igualdad de género y alianzas para el desarrollo.

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Tribunal Constitucional reitera que la Digesett vulnera derecho de propiedad al retener vehículos sin orden judicial

Santo Domingo. – El Tribunal Constitucional (TC) reafirmó su posición respecto a la ilegalidad de las retenciones de vehículos realizadas por la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) sin que exista una orden judicial ni un proceso investigativo abierto.

Mediante varias sentencias recientes, el alto tribunal estableció que estas acciones vulneran el derecho fundamental de propiedad y colocan a los ciudadanos en un “limbo jurídico”.

En la sentencia TC/0061/25, el Constitucional rechazó una solicitud de la Digesett para suspender una decisión del Tribunal Superior Administrativo (TSA) que le ordenaba devolver una motocicleta retenida a un ciudadano. El TC advirtió que una solicitud de suspensión debe contener fundamentos sólidos que justifiquen el supuesto daño inminente.

Derecho de propiedad en riesgo

En el fallo TC/0048/25, el tribunal enfatizó que el amparo constitucional es la vía judicial efectiva e idónea para reclamar la devolución de vehículos retenidos sin base legal, considerando que se trata de una evidente vulneración al derecho de propiedad.

El TC también impuso a la Digesett una astreinte de RD$2,000 por cada día de retardo en la devolución del vehículo retenido, al comprobar la ausencia de un proceso penal en curso que justificara su incautación.

“La cuestión medular es que el derecho de propiedad del ciudadano se encuentra desprotegido ante la falta de un proceso judicial que justifique la retención del vehículo”, argumenta el tribunal en su sentencia.

Jurisprudencia reiterada

La Alta Corte cita al menos seis precedentes en los que ha fallado a favor de ciudadanos afectados por incautaciones consideradas arbitrarias, ilegales e irrazonables por parte de la Digesett. Entre ellos, destacan las sentencias TC/0257/13, TC/0069/14, TC/0046/13, y TC/0083/25.

En esta última, el tribunal concluye que no existía constancia documental de que el propietario de un vehículo retenido estuviera involucrado en un proceso penal, lo que valida la acción de amparo como la vía adecuada para obtener su devolución.

El TC recordó que, en casos donde no hay evidencia de un proceso judicial activo, la única forma de garantizar la protección del derecho de propiedad es mediante el amparo, descartando que tribunales penales deban intervenir si no hay delito que perseguir.

Críticas a prácticas institucionales

“La retención de vehículos sin respaldo judicial constituye un abuso de poder y una práctica incompatible con el orden constitucional”, afirma el Tribunal, que ve con preocupación la recurrencia de estas actuaciones por parte de organismos del Estado.

En su análisis, el órgano extra poder reitera que solo la existencia comprobada de un proceso penal justifica que un tribunal ordinario conozca solicitudes de devolución de bienes retenidos, y que fuera de ese marco, corresponde al juez constitucional actuar.

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Fuerza del Pueblo propone creación de dirección para prevenir tragedias estructurales

Santo Domingo. – Con el objetivo de evitar tragedias como el colapso del techo en la discoteca Jet Set, ocurrido el pasado 8 de abril, el partido Fuerza del Pueblo (FP) propuso la creación de la Dirección General de Prevención, Protección Civil y Emergencias (DGPCyE), una nueva institución que fiscalizaría y certificaría las condiciones estructurales de edificaciones públicas y privadas a nivel nacional.

La iniciativa fue presentada por el ingeniero César Fernández, vocero de la comisión designada por la alta dirección de la FP para elaborar y someter el anteproyecto de ley correspondiente ante el Congreso Nacional.

Fernández explicó que la DGPCyE desarrollaría un sistema nacional de monitoreo estructural en tiempo real, utilizando sensores, drones y diagnósticos técnicos continuos. Asimismo, se contempla la creación de una base de datos de riesgo estructural clasificada por municipio y sector, la cual sería compartida con los ayuntamientos y organismos de planificación.

Además, la entidad tendría entre sus funciones la coordinación técnica con el Centro de Operaciones de Emergencias (COE), la Oficina Nacional de Evaluación Sísmica y Vulnerabilidad de Infraestructura y Edificaciones (ONESVIE), el Ministerio de Obras Públicas, el Ministerio de la Vivienda y los gobiernos locales.

Visión preventiva

“La Fuerza del Pueblo, en interés de contribuir a evitar que continúen ocurriendo tragedias como la del Jet Set, presenta formalmente esta propuesta, que responde a la urgente necesidad de contar con una estructura técnica, moderna y permanente capaz de anticiparse a los desastres”, expresó Fernández en declaraciones ofrecidas a un medio de circulación nacional.

Aseguró que el siniestro no fue un hecho aislado, sino consecuencia de un modelo institucional que prioriza la reacción en lugar de la prevención. “Los escombros de La Vega, San Cristóbal y la avenida 27 de Febrero gritan la misma verdad: nuestro país necesita cirugía estructural en gestión de riesgos, no más curitas temporales”, enfatizó.

Referencias a reformas previas

Fernández señaló que esta propuesta se fundamenta en la visión moderna del Estado dominicano impulsada durante la gestión del expresidente Leonel Fernández (1996–2000), periodo en el que se promovieron reformas estructurales orientadas a la planificación, la seguridad pública y la institucionalización de la respuesta ante emergencias.

En ese contexto, recordó que fue aprobada la Ley 147-02 sobre Gestión de Riesgos, así como la creación de instituciones técnicas como la ONESVIE.

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