Opinion
Día de la Constitución Dominicana

Por: Juan Manuel Ventura
Un día como hoy, 6 de noviembre de 1844, se firmó la primera Constitución Dominicana en el Palacio Municipal de la Provincia de San Cristóbal. Nuestra Constitución ha sido revisada y reformada en múltiples ocasiones a lo largo de la historia, reflejando los cambios políticos, sociales y económicos del país.
Fue revisada por primera vez en 1854, luego dos veces en 1858, cuando en Moca se proclamó la Constitución Liberal que derogó la de 1854. Posteriormente, se reformó en 1865, 1866, 1868, y tuvo revisiones en 1872 y 1874. Entre 1875 y 1887, se realizaron varias reformas importantes, incluyendo las lideradas por el presidente Ulises Heureaux (Lilís). Más adelante, se revisó en 1896, 1907 y 1908.
En el siglo XX, fue reformada en 1924, 1927, y revisada dos veces en 1929, además de en 1934 y 1942. Durante la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo, se reformó en 1947, 1955 y 1960 (dos veces), siendo revisada nuevamente en 1959, 1961 y 1962. En 1963, bajo el liderazgo del profesor Juan Bosch, se proclamó una nueva Constitución el 29 de abril, que estuvo vigente hasta el golpe de Estado de septiembre de ese mismo año. En 1965, ocurrió un acto constitucional liderado por el coronel Francisco Alberto Caamaño Deñó, en defensa del gobierno constitucional de 1963.
En 1966, durante el gobierno del doctor Joaquín Balaguer, se promulgó una nueva Constitución, que tuvo la vigencia más prolongada hasta ese momento. Más adelante, fue reformada en 1994 tras la crisis electoral de ese año, en 2002 bajo la presidencia de Hipólito Mejía, y en 2010, durante el mandato de Leonel Fernández, con una de las reformas más amplias de la historia, que incluyó la creación del Tribunal Constitucional. En 2015, siendo presidente Danilo Medina, se modificó el artículo 124 para permitir la reelección presidencial consecutiva.
Última reforma (2024), El 27 de octubre de 2024, bajo la presidencia de Luis Abinader, se realizó la reforma constitucional número 40. Donde se acordó unificar las elecciones presidenciales, confesionales y municipales a partir del año 2032, reducción de los diputados, se transfirió la designación del procurador general de la República al consejo Nacional de la Magistratura, se reafirmó que ningún presidente pueda optar por un tercer período y la creación del abogado general de administración pública.

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