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Tribunal niega salida a Jean Alain Rodríguez por motivos médicos

Santo Domingo.– El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional ha decidido rechazar la solicitud presentada por la defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez Sánchez, quien buscaba autorización para viajar a España con fines médicos.
Decisión del tribunal
La magistrada Claribel Nivar Arias determinó que el tribunal no pudo valorar adecuadamente las pruebas médicas presentadas por la defensa, debido a irregularidades procesales que afectaron su validez.
Rodríguez Sánchez tenía la intención de asistir a una cita con el doctor Juan Carlos Ramírez Fernández en el Hospital Ruber Internacional, parte del Grupo Quirón Salud, en Madrid. En este momento, el exfuncionario se encuentra bajo medidas de coerción que incluyen un impedimento de salida del país sin autorización judicial y una garantía económica.
Estado de salud del exprocurador
Sus abogados, Carlos Balcácer, Gustavo Adolfo Biaggi Pumarol y Nelys Rivas, argumentaron que el exprocurador padece de un estado de salud preexistente, específicamente un adenoma en el riñón izquierdo y cálculos renales recurrentes, que requieren revisión y tratamiento especializado.
Argumentos del tribunal
En la resolución núm. 249-04-2026-SRES-00005, emitida el 20 de febrero, se establece que el tribunal no pudo valorar las pruebas médicas debido a graves irregularidades procesales. En particular, se destacó la ausencia de traducciones oficiales de documentos redactados en inglés.
El tribunal subrayó que parte esencial del historial clínico y las constancias de citas en hospitales de Estados Unidos, como el Massachusetts General Hospital, fueron presentadas en inglés. Según el artículo 137 del Código Procesal Penal, no se puede otorgar eficacia probatoria a documentos extranjeros que no estén acompañados de una traducción realizada por un intérprete judicial autorizado.
La sentencia cita: "Esta ausencia impide determinar si constituye una traducción válida del documento original… generando dudas esenciales".
Inconsistencias en la documentación
El tribunal también identificó múltiples fallas en el inventario de pruebas. Se encontró un documento en español que no acreditaba ser una traducción oficial y que omitía información relevante, como fechas exactas. Además, se detectaron registros médicos correspondientes a los años 2008 y 2015 que no coincidían con el inventario presentado.
Al considerar que los documentos base del historial clínico estaban viciados, la magistrada presidenta concluyó que el "presupuesto fáctico" no fue acreditado legalmente, invalidando también las pruebas accesorias, como los volantes de confirmación de citas médicas.
Recomendaciones médicas y antecedentes familiares
La defensa fundamentó su solicitud en un alegado deterioro progresivo del estado de salud de Rodríguez desde su arresto en junio de 2021. En mayo de 2022, sufrió un episodio agudo de cólico nefrítico que requirió un ingreso de emergencia.
Entre los argumentos expuestos, se mencionó un antecedente familiar significativo: el padre del exprocurador padeció una patología renal grave que culminó con la extirpación de un riñón y su posterior fallecimiento.
En este contexto, los doctores Ana Isabel Chávez y Hamid Feiz recomendaron en enero de 2025 su evaluación en centros extranjeros como el Grupo Quirón Salud o la Clínica ROC, en España.
Conclusiones y contexto actual
La defensa sostiene que el traslado a España responde a una necesidad médica imperativa y no a un intento de evadir la acción de la justicia. Sin embargo, se destacó que en España reside actualmente el principal testigo de cargo contra el exprocurador, Rafael Stefano Canó Sacco, quien fue exjefe de Gabinete de la Procuraduría.

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