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Proyecto de reforma policial elimina custodia fija de agentes en instituciones públicas y limita servicios privados

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Santo Domingo. – La propuesta de reforma a la Ley Orgánica de la Policía Nacional, depositada el martes en el Senado por el Poder Ejecutivo, introduce cambios sustanciales al modelo de seguridad pública, entre ellos la eliminación casi total de policías asignados de manera permanente a instituciones del Estado y la restricción de su presencia en empresas privadas.

El proyecto establece en su artículo 147 que los agentes policiales quedan expresamente prohibidos de realizar labores de vigilancia, custodia o seguridad en ministerios, direcciones generales y demás entidades públicas, salvo en situaciones excepcionales debidamente justificadas por riesgos específicos y previa autorización del Ministerio de Interior y Policía.

De aprobarse este artículo en los términos propuestos, quedaría eliminada una práctica histórica en la República Dominicana, consistente en la asignación regular de policías como personal fijo de seguridad en instituciones públicas.

De igual forma, el artículo 146 dispone que las empresas privadas solo podrán solicitar agentes policiales en casos extraordinarios de interés público y, de ser autorizadas, deberán asumir el costo total del servicio, excluyendo así la asignación discrecional de personal policial a entidades privadas.

Uso de la fuerza y control institucional

La iniciativa, definida por sus proponentes como una reestructuración profunda del modelo policial, redefine el uso de la fuerza. Entre los artículos 148 y 161 se establece que toda actuación policial deberá regirse por los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y razonabilidad.

El artículo 149 contempla la posibilidad de emplear la fuerza para la disolución de manifestaciones no pacíficas, mientras que se establece la obligación de notificar al Ministerio Público cuando, durante una intervención, se produzcan daños a personas o bienes.

Formación y carrera policial

El proyecto también apuesta por una transformación del perfil profesional del agente. Entre los artículos 127 y 132 se propone la creación del Centro Nacional de Estándares de la Profesión Policial, organismo encargado de certificar competencias, validar conocimientos y supervisar el desempeño del personal policial.

La profesionalización incluye una reorganización de la carrera policial, contemplada en el Título IV, donde se establece que solo los miembros de carrera podrán ejercer funciones policiales, y que los ascensos estarán condicionados a educación continua, evaluaciones periódicas y el cumplimiento de requisitos específicos.

Asimismo, se crea un sistema permanente de evaluación del desempeño, descrito en el Capítulo X, que incidirá directamente en la permanencia, ascensos y traslados de los agentes, integrando criterios de conducta, competencias y rendimiento operativo.

Transparencia y régimen disciplinario

Otro eje central del proyecto es la transparencia. La propuesta obliga a todos los miembros de la Policía Nacional —desde los niveles de dirección hasta el personal operativo— a presentar declaraciones juradas de patrimonio.

En cuanto al régimen disciplinario, el Título VII tipifica como faltas muy graves conductas como el consumo de drogas dentro o fuera del servicio, el uso irresponsable de armas, la fuga de detenidos y la negativa a someterse a pruebas de dopaje o alcoholemia, conforme a lo dispuesto en el artículo 227. El texto también refuerza la separación entre los procesos de instrucción y juzgamiento.

Garantías para los agentes

La reforma reconoce garantías institucionales para los policías que actúan en situaciones de riesgo. Los artículos 151 y 152 disponen el derecho a defensa legal costeada por la institución, apoyo psicológico y atención médica, así como la facultad del agente de rechazar órdenes manifiestamente ilegales.

Regulación del uso de armas

El proyecto dedica un capítulo específico a la regulación del uso de armas de fuego. Los artículos 157 al 160 establecen que cada agente contará con un arma institucional exclusiva para el servicio preventivo, municiones identificadas por lote y siglas oficiales, y un registro balístico obligatorio que incluye también a agentes retirados.

Se diferencia entre armas letales y dispositivos menos letales, promoviendo el uso progresivo de la fuerza y reforzando la capacitación periódica para el porte y uso del armamento.

El texto establece además la responsabilidad del mando, señalando que los superiores responderán por órdenes ilegales o abusivas, aclarando que ningún agente está obligado a cumplir instrucciones contrarias a la ley.

A comisión en el Senado

El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, informó que el proyecto fue enviado de inmediato a una comisión especial para su estudio, la cual deberá rendir un informe que sirva de base para su eventual aprobación o rechazo.

Con estas disposiciones, la reforma busca reorganizar la función policial, fortalecer la rendición de cuentas, limitar el uso de la fuerza letal y dotar de mayor seguridad jurídica tanto a los ciudadanos como a los miembros de la Policía Nacional.

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