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DIGESETT solo puede retener tu vehículo si careces de documentos

Santo Domingo. Frente a Sambil, en el punto donde uno de los pasos a desnivel vuelve a la superficie, cinco agentes de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT) esperan en fila, uno detrás de otro.
Un motorista comienza a salir a la superficie. En ese momento, los agentes se despliegan en formación horizontal, detienen el tráfico y ordenan al conductor desmontarse. Luego, remolcan su motocicleta hasta la acera y el tráfico vuelve a la normalidad.
A la sombra de un árbol en la avenida John F. Kennedy, un camión con remolque almacena ya diez motocicletas, todas retenidas por la misma infracción: circular por el paso a desnivel. Posteriormente, estos vehículos son trasladados a distintos centros de retención, ubicados en la avenida Independencia (frente al Palacio de Bellas Artes), en Villa Mella y en la autopista de Samaná.
¿Es legal la retención de estas motocicletas?
A las 10:00 a.m., los agentes buscan completar el cupo del remolque con una última motocicleta. No pasa mucho tiempo hasta que otro motorista aparece en la vía. Los agentes se despliegan de nuevo y le confiscan el vehículo.
"Me quitaron la vida. Yo vivo lejos. Tengo 70 años y ando en ese motor para ganarme la vida decentemente", lamenta Roberto Valdez, uno de los conductores afectados.
Como muchos otros infractores, Valdez admite que utilizó el elevado para llegar más rápido. "Fui indiscreto. Me metí por aquí con desesperación porque me están esperando para un servicio", explica. "Fui infractor, pero hice la infracción con mucho cuidado", agrega.
Sin embargo, su conducción prudente no evitó que su motocicleta fuera retenida.
La pregunta es: ¿tienen los agentes de DIGESETT la facultad de incautar vehículos por esta infracción?
Lo que dice la ley
La Ley 63-17 establece en qué situaciones los agentes pueden incautar un vehículo. Circular ilegalmente por un elevado no es uno de esos motivos.
El coronel José Hernández, consultado sobre el tema, explicó: "Hay motores que no están correctos con la documentación. No se les puede dejar al infractor, hay que retener la motocicleta. Cuando presenten la documentación necesaria, se les devuelve el vehículo".
Es decir, la ley solo permite la retención de un vehículo si el conductor no tiene la documentación en regla. Un ejemplo de esto es el siguiente fragmento de la normativa:
"Cuando los agentes de la DIGESETT determinen que un conductor no porta la póliza de seguros de vehículos de motor correspondiente, retendrán el vehículo hasta que sea adquirida o renovada".
Retención masiva de motocicletas
En el elevado que conecta la avenida Winston Churchill con la John F. Kennedy, los agentes de DIGESETT realizan el mismo operativo.
Una mujer haitiana empieza a subir por el elevado y, al ver a los agentes, duda. Se detiene, pero luego retoma la marcha. Desde la cima, al iniciar el descenso, ve a las autoridades esperándola. Finalmente, se detiene, se desmonta y le confiscan la motocicleta. "Me equivoqué de camino", explica a Diario Libre.
Tras ella, otros dos motoristas son detenidos. El camión ya está lleno. Uno tras otro, los conductores pierden sus vehículos.
Sin embargo, la incautación masiva de estos motores es ilegal, ya que ningún agente está solicitando documentos antes de proceder a la retención.
— "¿Te han pedido documentos?", preguntamos.
— "Ellos no han pedido nada. Solo dicen que no podemos subir al elevado y punto", responde Algenis Martínez, otro motorista afectado.
Él asegura que tiene toda su documentación en orden, pero los agentes ni siquiera se la han solicitado antes de incautar su vehículo.
Con el camión lleno de motocicletas, los agentes se retiran.

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