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Reglamento de la DNI establece nóminas confidenciales y régimen especial de seguridad social

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Santo Domingo, República Dominicana. El personal de la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) estará sujeto a un régimen exclusivo, reservado y confidencial, que incluye nóminas protegidas y la facultad de establecer un régimen especial de seguridad social. Esta disposición se encuentra en el Reglamento de Aplicación de la Ley 1-26, emitido por el Poder Ejecutivo mediante el decreto 291-26.

Marco normativo del Sistema Nacional de Inteligencia

La normativa regula el funcionamiento del Sistema Nacional de Inteligencia (SNI) y define los mecanismos de operación, coordinación y control de las actividades de inteligencia y contrainteligencia del Estado dominicano.

Según el reglamento, la DNI estará compuesta por personal civil propio y miembros adscritos de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional en calidad de asignados. Esto asegura una integración efectiva entre los diferentes cuerpos de seguridad del país.

Confidencialidad de las nóminas

El artículo 23 establece que las instituciones militares y policiales deben garantizar la confidencialidad de las nóminas correspondientes a los agentes que presten servicio en la entidad. Esta medida es crucial para proteger la identidad y seguridad de los operativos.

Los funcionarios y agentes operativos ejercerán sus funciones bajo un régimen de dedicación exclusiva y contarán con identificaciones oficiales de uso restringido, lo que busca preservar su anonimato por razones de seguridad.

Además, los miembros provenientes de organismos militares o policiales no estarán obligados a notificar viajes oficiales al extranjero a sus respectivas instituciones de origen, lo que les otorga mayor libertad en sus funciones.

Régimen especial de seguridad social

El reglamento también faculta a la DNI a crear, en coordinación con el Sistema Dominicano de Seguridad Social, un régimen especial o complementario de protección social para sus colaboradores. Este esquema puede incluir:

  • Pensiones por vejez, discapacidad y sobrevivencia.
  • Cobertura médica ampliada por riesgos ocupacionales.
  • Beneficios complementarios de protección social.

Además, el presidente de la República podrá otorgar una pensión vitalicia especial de hasta el 100 % del salario devengado a miembros de la DNI que hayan servido al Estado durante al menos 20 años y tengan 60 años de edad o más.

Para optar por pensiones por discapacidad, los colaboradores deberán acreditar al menos cinco años de servicio y presentar certificaciones médicas que validen condiciones de invalidez física, enfermedad grave o impedimentos permanentes.

La normativa también obliga a las instituciones de seguridad social a mantener bajo estricta reserva la identidad y registros de los agentes de inteligencia, garantizando así su protección.

Definición del Sistema Nacional de Inteligencia

El reglamento define el Sistema Nacional de Inteligencia como la estructura encargada de coordinar las actividades de inteligencia y contrainteligencia del Estado bajo las directrices del presidente de la República y el Plan Anual de Inteligencia.

El sistema estará conformado por:

  • La DNI como órgano rector.
  • Las unidades militares J-2, G-2, M-2 y A-2.
  • La Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional (Dintel).
  • El Centro de Información y Coordinación Conjunta (CICC) de la Dirección Nacional de Control de Drogas.
  • Otros organismos estatales vinculados a labores de inteligencia.

Funciones del Sistema Nacional de Inteligencia

Entre sus funciones, el SNI apoyará operaciones relacionadas con corrupción administrativa, terrorismo, saboteo y migración irregular.

La normativa establece que la DNI colaborará con instituciones como:

  • Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas.
  • Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental.
  • Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa.
  • Cámara de Cuentas.

En materia migratoria, la Dirección General de Migración deberá notificar inmediatamente a la DNI cualquier alerta o coincidencia detectada durante inspecciones migratorias.

Clasificación de la información

El decreto establece cuatro niveles de clasificación de la información manejada por el Sistema Nacional de Inteligencia:

  • Reservada
  • Confidencial
  • Secreta
  • Ultrasecreta

Además, el recién creado Instituto Criptográfico Nacional será responsable de la política criptográfica del Estado y de la protección de información digital sensible, asegurando que los datos críticos estén debidamente resguardados.

Creación del plan anual de inteligencia

El reglamento también establece la creación del Plan Anual de Inteligencia (PAI), un documento que definirá cada año las prioridades, estrategias y metas del sistema de inteligencia nacional. Este plan incluirá análisis de riesgos, amenazas a la seguridad nacional, objetivos estratégicos y protocolos de intercambio de información entre los organismos del sistema.

Toda la información contenida en el PAI tendrá carácter clasificado y acceso restringido exclusivamente a personal autorizado, garantizando así la integridad y seguridad de las operaciones de inteligencia del Estado.

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