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Codue rechaza sentencia del TC que elimina sanciones a relaciones homosexuales en cuerpos policiales y militares

Santo Domingo. – El Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (Codue) rechazó la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que elimina la penalización de las relaciones homosexuales dentro de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, calificándola como una decisión contraria a los valores tradicionales del país.
A través de un audiovisual, el vocero de Codue, pastor Feliciano Lacen, afirmó que el fallo constituye “un atentado a la buena costumbre de la República Dominicana”, expresando preocupación por lo que considera un deterioro de los principios que sustentan la moral social.
“Es preocupante lo que está viviendo el país en cuanto a la moral, a los valores y a los principios. Instituciones como estas, castrenses, que están para cumplir y hacer cumplir los reglamentos jurídicos y los valores, el permitir una depravación como esta, de manera pública y legal, está dando un precedente inequívoco”, sostuvo Lacen.
El dirigente evangélico agregó que la sentencia “no coopera con el contexto dominicano ni con lo que nosotros hemos querido que sea la República Dominicana”, argumentando que, a su entender, no fortalece el orden jurídico ni los estándares éticos esperados.
Llamado a revisión
Lacen exhortó al Tribunal Constitucional a actuar con mayor rigor en futuras decisiones.
“El TC debe asegurarse, cuando va a emitir una sentencia, de que fortalezca el marco jurídico y el buen uso de la buena costumbre, los principios, los valores y la ética, y no para complacer caprichos”, declaró.
Señaló que cualquier persona “es libre de sostener relaciones cuando quiera”, pero insistió en que las autoridades no deben respaldar actos que —según su visión— contradicen los valores cristianos y la tradición cultural del país.
En un comunicado adicional, Codue calificó el fallo como “una imposición contraria a los valores cristianos y familiares de la nación”, y llamó a sectores sociales, religiosos y comunitarios a mantenerse vigilantes frente a lo que describió como “un proceso de erosión cultural”.
La sentencia del Tribunal Constitucional
La sentencia TC/1225/25 anuló el artículo 210 de la Ley 285 (Código de Justicia de la Policía Nacional) y el artículo 260 de la Ley 3483 (Código de Justicia de las Fuerzas Armadas), al determinar que penalizar las relaciones íntimas entre personas del mismo sexo viola el principio de razonabilidad y discrimina injustificadamente a personas homosexuales.
Ambos artículos definían la “sodomía” como concúbito entre personas del mismo sexo, imponiendo penas de prisión correccional de seis meses a un año para oficiales y de dos a seis meses para alistados.

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